Redacción 2024-07-18Transparencia a la Vista: Buscan Reglamentar el Acceso a la Información Pública
En busca de consolidar la transparencia municipal, el Bloque de Concejales Unión por la Patria - Frente Renovador, ha propuesto una ordenanza para establecer estándares mínimos para poder, por parte de la ciudadanía, acceder a la información pública. Con esta Ordenanza los montenses podrán peticionar y acceder a la información en poder del municipio.
La ordenanza manifiesta que el: “Derecho de Acceso a la Información Pública se proyectan sobre tres dimensiones: una individual, una colectiva y una instrumental; Que, en su dimensión individual implica la posibilidad de la ciudadanía de solicitar información a las dependencias públicas y recibir una respuesta adecuada y oportuna; Que, la dimensión colectiva se manifiesta mediante la posibilidad de conocer los actos que las instituciones y los funcionarios realizan en ejercicio del poder público por parte de la sociedad en su conjunto, habilitando un poderoso mecanismo de control externo sobre las instituciones gubernamentales; Que, la dimensión instrumental representa la posibilidad de utilizar el acceso a la información como vehículo para la vigencia de otros derechos, tales como la libertad de expresión, la investigación científica y periodística y los derechos políticos; Que, el derecho de acceso a la información pública se garantiza por dos mecanismos: mediante la respuesta ante la solicitud de una persona a la Administración para que le sea otorgada información pública; y a través de la publicación proactiva, de oficio, permanente y sin que medie solicitud alguna de los actos de gobierno”
El proyecto de ordenanza establece herramientas y procedimientos para garantizar el acceso a la información pública por parte de los vecinos, una especie de la herramienta que tienen los concejales a la hora de pedir informes, pero en este caso para la ciudadania toda.
La información deberá entregarse a todas las personas en igualdad, sin discriminación y sin justificación de la solicitud. También define qué se considera información pública y señala que esta normativa es aplicable a todas las dependencias del gobierno municipal, organismos descentralizados, empresas municipales y cooperativas vinculadas a fondos municipales.
Las peticiones de información podrán hacerse por escrito, correo electrónico o mediante mecanismos específicos creados para recibir las peticiones; las respuestas se proporcionarán en quince días hábiles, con posibilidad de prórroga justificada.
En cuanto a excepciones, la ordenanza contempla casos específicos como la seguridad pública, secretos comerciales y datos personales, y establece que los rechazos deben ser fundamentados por la máxima autoridad del sujeto obligado.
La publicación proactiva, que se conoce como transparencia activa, es otro pilar de la ordenanza, aunque esta parte de la ordenanza no tendría razón de ser ya que existe legislación en este campo; básicamente obliga a los actores públicos a publicar en el sitio web institucional información detallada en todo lo competente a determinados actos administrativos (Los que considere el ejecutivo).
Otro punto importante del proyecto es que se considerará falta grave no dar tratamiento a una solicitud de información, ocultar o destruir información solicitada, o coaccionar a empleados para que no den curso a una solicitud.
También, la ordenanza busca adheriral municipio de la Red Federal de Acceso a la Información Pública, fortaleciendo así el marco normativo y las buenas prácticas en transparencia y acceso a la información.
Finalizando, podríamos decir que, con esta ordenanza, Monte, pasaría realmente a ser un Municipio verdaderamente transparente.