Redacción 2022-07-17Fuerte y al medio contra el Grooming
El ejecutivo Nacional reglamento la ley “Mica Ortega”, esta ley esta destinada a lograr una concientización sobre el preocupante acoso existente en infancias y adolescencias. Pone especial foco en el ciberacoso, a través del uso responsable de las tecnologías de la información y la comunicación.
Hay que tener presente que existe grooming o ciberacoso cuando: “una persona contacta a una persona menor de edad por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, cuyo contacto es con el fin de realizar un delito contra la integridad sexual de la persona menor de edad”.
La Ley 27.590, conocida como "Mica Ortega", sancionada en noviembre de 2020, que creo el Programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o Ciberacoso contra Niñas, Niños y Adolescentes, fue reglamentada el pasado 14 de julio como se desprende del boletín oficial donde se observa el Decreto 407/2022, la ley con su respectivo decreto reglamentario contempla sensibilizar y generar conciencia en la población sobre el ciberacoso, a través del uso responsable de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.
Esta ley se la conoce como “Mica Ortega” en homenaje a Micaela Ortega, niña de 12 años que desapareció el 23 de abril de 2016 tras encontrarse con el depravado Jonathan Luna 28 años, quien utilizaba cuatro cuentas falsas en la red social Facebook, a través de las cuales simulaba ser una menor de edad, y que luego de entrar en confianza con Micaela la mato.
Volviendo a lo jurídico el reglamento de la normativa, crea el del Observatorio del Programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o Ciberacoso contra Niñas, Niños y Adolescentes, este funcionará bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Social. Uno de los objetivos principales será señalar cuando no se cumpla la ley y elaborar informes anuales sobre la implementación del Programa y el cumplimiento de la norma.
Según el decreto 407/2022, dicha entidad estará conformada por personas que "acrediten experiencia en alguno de los siguientes campos de conocimiento: prevención o abordaje del grooming o ciberacoso contra niñas, niños y adolescentes; ciudadanía digital; humanidades digitales; Educación Sexual Integral y/o abordaje de las violencias hacia niñas, niños y adolescentes por motivo de su género; adolescentes y activismo en red; adolescentes y creación de contenido digital; recreación de niñas, niños y adolescentes a través de dispositivos con acceso a internet y/o plataformas digitales; niñas, niños y adolescentes como consumidoras y consumidores y usuarias y usuarios digitales y regulación de plataformas digitales interactivas".
Por otra parte, la reglamentación de la norma creó la Unidad de Coordinación Administrativa Interministerial, en el ámbito de la SENAF (Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia), cuyos principales objetivos serán "abordar de forma integral las acciones necesarias para la plena implementación" de la ley y monitorear su cumplimiento.